El
ESCUDO DE ESPAÑA se rige por la Ley 33/1981
de 5 de octubre (BOE nº 250, de 19 de octubre
de 1981), que lo describe en los siguientes términos:
-
Artículo
1º. El escudo de España es cuartelado y
entado en punta. En el primer cuartel, de gules
o rojo, un castillo de oro, almenado, aclarado
de azur o azul y mazonado de sable o negro.
En el segundo, de plata, un león rampante, de
púrpura, linguado, uñado, armado, de gules o
rojo y coronado de oro. En el tercero, de oro,
cuatro palos, de gules o rojo. En el cuarto,
de gules o rojo, una cadena de oro, puesta en
cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una
esmeralda de su color. Entado de plata, una
granada al natural, rajada de gules o rojo,
tallada y hojada de dos hojas, de sinople o
verde.
Acompañado
de dos columnas de plata, con base y capitel,
de oro, sobre ondas de azur o azul y plata,
superada de corona imperial, la diestra, y de
una corona real, la siniestra, ambas de oro,
y rodeando las columnas, una cinta de gules
o rojo, cargada de letras de oro, en la diestra
"Plus" y en la siniestra "Ultra".
Al
timbre, corona real, cerrada, que es un círculo
de oro, engastado de piedras preciosas, compuesto
de ocho florones de hojas de acanto, visibles
cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas
salen sendas diademas de perlas, que convergen
en un mundo de azur o azul, con el semimeridiano
y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro.
La corona, forrada de gules o rojo.
-
Artículo
2º. El escudo de España, tal como se describe
en el artículo anterior, lleva escusón de azur
o azul, tres lises de oro, puestas dos y una,
la bordura lisa, de gules o rojo, propia de
la dinastía reinante.
-
Artículo
3º. Por Real Decreto se hará público el
modelo oficial del escudo de España regulado
por la presente Ley.
Otras
normas que hablan sobre el ESCUDO DE ESPAÑA son:
-
El
Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre
(BOE nº 303, de 19 de diciembre de 1981). Escudo
y su colocación en la bandera.
Artículo
1º. De conformidad con lo dispuesto en el
art. 3º de la Ley 33/1981, de 5 de octubre,
se hace público el modelo oficial del escudo
de España, cuyo diseño lineal será el que a
continuación se inserta.
Artículo
2º. El escudo de España habrá de figurar
en:
1.
Las banderas que ondeen en el exterior o se
exhiban en el interior de las sedes de los órganos
constitucionales del Estado; los edificios y
establecimientos de la Administración central,
autonómica, provincial o insular y municipal
del Estado; los edificios públicos militares
y los acuartelamientos, buques, aeronaves y
cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas
Armadas y las Fuerzas de Seguridad del Estado,
así como de las unidades de ambas fuerzas con
derecho al uso de la bandera; los locales de
las misiones diplomáticas y de las oficinas
consulares, las residencias de sus Jefes y,
en su caso, sus medios de transporte oficial.
Artículo
3º. El escudo de España tendrá una altura
equivalente a 2/5 de la anchura de la bandera
y figurará en ambas caras de ésta en el centro
de la franja amarilla.
Cuando
la bandera de España tenga la proporción normal,
de longitud igual a tres medios de la anchura,
el eje del escudo se colocará a una distancia
de la vaina de media anchura de la bandera.
Si
la longitud fuera menor a la normal o la bandera
tuviere la forma cuadrada, el escudo se situará
en el centro de la enseña.
-
Ley
39/1981, de 28 de octubre (BOE nº 271, de
12 de noviembre). Uso de la bandera de España
y de otras banderas y enseñas.
-
El
Real Decreto 2267/1982 de 3 de septiembre
(BOE nº 221, de 15 de septiembre), en el que
se hace la especificación técnica de sus colores,
según el sistema internacional CIELAB.
| Artículo
1º. Los colores del escudo de España,
especificados en el sistema internacional
CIELAB, serán los siguientes: |
| Color |
Denominación
color |
Tono
H en º |
Croma
C |
Claridad
L |
| Sinople |
Verde
bandera |
165.0 |
41.0 |
31.0 |
| Azur |
Azul
bandera |
270.0 |
35.0 |
26.0 |
| Oro |
Oro
bandera |
90.0 |
37.0 |
70.0 |
| Plata |
Plata
bandera |
255.0 |
3.0 |
78.0 |
| Sable |
Negro
bandera |
- |
0.0 |
10.0 |
| Gules |
Rojo
bandera |
35.0 |
70.0 |
37.0 |
| Púrpura |
Púrpura
bandera |
0.0 |
52.0 |
50.0 |
| Artículo
2º. La correspondencia de las especificaciones
del sistema internacional CIELAB con
el sistema internacional CIE-1931, se
establecerá de la siguiente manera: |
| Denominación
color |
Y |
x |
y |
| Verde
bandera |
6.7 |
0.223 |
0.438 |
| Azul
bandera |
4.7 |
0.168 |
0.171 |
| Oro
bandera |
40.7 |
0.395 |
0.403 |
| Plata
bandera |
53.2 |
0.303 |
0.311 |
| Negro
bandera |
1.1 |
0.310 |
0.316 |
| Rojo
bandera |
9.5 |
0.614 |
0.320 |
| Púrpura
bandera |
18.42 |
0.426 |
0.263 |
- Antecedentes
históricos del ESCUDO DE ESPAÑA
- El
proceso heráldico del escudo de España ha conocido
los siguientes periodos:
- En
los antiguos reinos de Castilla y Aragón se llevaron
pendones carmesíes con castillos y leones y cuatribarrados
respectivamente, continuando así incluso durante
los reinados de los Reyes Católicos, predominando
el empleo de los colores encarnado y amarillo.
- DINASTÍA
TRASTÁMARA (1368-1516): El Escudo de los Reyes
Católicos está constituido por las Armas de los
Reinos de Castilla, León y los de la Corona de
Aragón. A partir de la conquista de Granada en
1492, incorporan las armas de este Reino a su
escudo.
- Felipe
I (1506) el Hermoso, en su efímero matrimonio
con la Reina Juana I de Castilla, introdujo el
signo distintivo de la casa de su madre, María
de Borgoña, esto es, el aspa de Borgoña
o aspa de San Andrés, que consiste en dos
troncos de árbol desprovistos de sus ramas y cruzados
en aspa. Por haber sido instrumento para el martirio
del santo, están teñidos con su sangre y casi
siempre se representan en rojo o carmesí. Este
símbolo se llevó desde principios del siglo XVI
prácticamente hasta 1931 en que la Segunda República
lo demolió. Desde 1971 figura en el guión del
Príncipe de Asturias y desde 1975 en el de S.M.
el Rey Don Juan Carlos I.
- La
primera Bandera Española pudo verse con motivo
de la batalla de Pavía (1525), en la que nuestras
tropas llevaron como enseña telas blancas con
aspas encarnadas. Esa misma bandera se llevó también
en la mar.
- DINASTÍA
AUSTRIA: En un primer periodo (1516-1556),
incorporan las armas de Borgoña, Flandes, Brabante
y Tirol. Carlos I timbra el escudo con la corona
imperial e incorpora las columnas de Hércules
con la leyenda Plus Ultra y acola el escudo con
el Toisón de Oro. Felipe II (1556-1598), Felipe
III (1598-1621) y Felipe IV (1621-1665), así como
Carlos II (1665-1700), usan las armas antes mencionadas,
sin la corona imperial, incorporando Felipe II
en 1580 las armas de Portugal.
- DINASTÍA
BORBÓN-ANJOU: El escudo de Felipe V (1700-1746),
incorpora las lises de la casa de Borbón, con
la bordura en gules (rojo), sigue utilizando el
Toisón de Oro y añade la Orden del Espíritu Santo
en forma de collar. Carlos III (1759-1788) añade
las armas de los Ducados de Parma y Toscana y
sustituye la Orden del Espíritu Santo por la que
lleva su propio nombre. También instituyó la bandera
encarnada y amarilla, de tres listas (la central,
amarilla, de doble ancho) para los buques de guerra
y la de cinco para las demás embarcaciones; la
primera se convertiría, paso a paso, en la Bandera
de España. Carlos IV (1788-1808) sigue en la misma
línea que su padre.
- DINASTÍA
BONAPARTE: (Haremos referencia a los Bonaparte,
aunque se podría entender que esta información
está de sobra y es improcedente. No obstante,
a título informativo y teniendo en cuenta lo dicho)
José I (1808-1813) divide el escudo en seis cuarteles,
1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra, 5º
Granada y 6º el nuevo Mundo, representado con
las columnas de Hércules. También añade en el
escusón las armas de los Bonaparte.
- DINASTÍA
BORBÓN-ANJOU: Fernando VII (1808-1833) vuelve
a recuperar el escudo de sus antepasados, y su
hija Isabel II (1833-1868) sigue en la misma línea.
- EL
GOBIERNO PROVISIONAL (1868-1869): Bajo dictamen
de la Real Academia de la Historia, unifica el
escudo de España con los siguientes cuarteles:
1º Castilla, 2º León, 3º Aragón, 4º Navarra y
5º Granada, entado en punta, lo timbra con la
corona mural, suprime el escusón con las armas
de la Dinastía Borbón-Anjou y coloca las columnas
de Hércules, sin coronas.
- DINASTÍA
SABOYA (1870-1873): Amadeo I continúa con
el escudo anterior y restablece la corona real
y sitúa en el escusón las armas de su familia.
- LA
I REPÚBLICA (1873-1874): Restablece la corona
mural y suprime las armas de los Saboya.
- DINASTÍA
BORBÓN-ANJOU: Alfonso XII (1874-1885) y Alfonso
XIII (1886-1931) restablecen la corona real y
añaden las lises con la bordura de gules (rojo)
de su familia y acola el collar del Toisón de
oro.
- LA
II REPÚBLICA (1931-1939): Vuelve a restablecer
la corona mural y suprime las armas de los Borbón-Anjou,
utilizando las mismas armas que en la I República.
- LA
ETAPA DEL GENERAL FRANCO (1936-1975): Se utiliza
una heráldica semejante a la utilizada por los
Reyes Católicos, sustituyendo las armas de Aragón-Sicilia
por las de Navarra, se añaden las columnas de
Hércules y la divisa "una, grande y libre". El
Real Decreto 1511/1977 de 21 de enero, aprueba
el Reglamento de Banderas, Insignias y Distintivos,
por el que se modifica la colocación de la divisa
del escudo, siendo el principal cambio surgido
con respecto al anterior, el que el águila de
San Juan se presenta de forma azorada, es decir,
en disposición de emprender vuelo, cobijando bajo
sus alas las columnas de Hércules, que hasta la
fecha se encontraban por fuera de ellas.
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